miércoles, 4 de enero de 2017

¿SILENCIO ADMINISTRATIVO RESPECTO AL IMPUESTO DEL GAS FLUORADO?

Ni Hacienda, ni Medio Ambiente responden a las preguntas de CONEPA sobre la cuantía del impuesto del gas fluorado 134a en 2017



MADRID ─ La Federación Española de Empresarios Profesionales de Automoción (CONEPA) informa de que se ha dirigido en diversas ocasiones durante estos dos últimos meses a los servicios competente del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (MAPAMA) y del Ministerio de Hacienda y Función Pública para peguntar por la situación en 2017 del pago del impuesto que grava el gas fluorado 134a, el más utilizado en las cargas de los equipos de climatización de los automóviles y que ambos organismos se han limitado a responder que tomaban nota de la solicitud de respuesta y que la valorarán conjuntamente, pero lo cierto es que 2017 ya ha comenzado y en los talleres no saben cómo deben proceder.

Algunos proveedores de gas fluorado ya han advertido a los talleres de que empezarán a repercutir la tasa completa, elevando el importe del impuesto de 17,16 a 26 euros/kilo, lo que encarecerá muy apreciablemente las operaciones de recarga del gas en cuestión. 

Recordamos que la normativa de 2013 establecía dos años de régimen transitorio con reducción de la tasa. En 2016 se amplió un año más ese período. De momento, seguimos sin noticias sobre lo que va a ocurrir este año.

El Impuesto de Gases Fluorados fue creado en el artículo 5 de la Ley 16/2013, que implantó determinadas medidas en materia de fiscalidad medio ambiental, que en su punto 18 establecía un régimen transitorio de los tipos impositivos (26 euros/kilo para el gas 134a) para los ejercicios 2014 y 2015: así, durante el primero de estos años, la cantidad a abonar por tal concepto quedó fijada en 8.58 euros/kilo  y, en el segundo ejercicio, en 17,16 euros/kilo.

Desde 2016 el tipo impositivo debía comenzar a aplicarse en su totalidad (26 euros/kilo) pero, debido a la inexistencia de un gas sustitutivo con menor potencial de calentamiento, la autoridad competente decidió mantener el régimen transitorio y el impuesto en la misma cantidad correspondiente a 2015 durante el nuevo ejercicio.

Ya iniciado 2017, CONEPA sigue sin conocer si el régimen transitorio se va a prorrogar un año más o si habrá que abonar el impuesto en su totalidad, algo que Víctor Rivera, secretario generla de CONEPA, considera una situación incómoda para todos, pues no sabemos qué responder a las consultas de nuestros talleres asociados.

Por nuestra parte, sólo añadir que el hecho de que falte mucho aún para que se generalice el uso del aire acondicionado en los automóviles que circulan por las carreteras españolas no es válido como disculpa para la actitud de las autoridades, ya que algunos automovilistas, sabedores de que hace mucho tiempo que no recargan con gas refrigerante los sistemas de aire acondicionado de sus vehículos, gustarían de aprovechar  que éstos pasan por el taller para otro tipo de reparaciones o revisiones y solicitar también la necesaria recarga.

De esta manera no perderían tiempo ni afrontarían las otras molestias derivadas de un nuevo paso por el taller cuando se sepa de verdad cuánto hay que pagar en concepto de impuestos por el gas fluorado. Obviamente, si finalmente se mantuviera el régimen transitorio, sería muy complicado recuperar las cantidades abonadas de más.

De todos modos y ante la insaciable ambición recaudadora del equipo que dirige el ministro Montoro, nos da en la nariz que el silencio administrativo anuncia la vigencia sin descuentos del impuesto sobre el gas fluorado 134a ya en 2017.