♦ Reemplazar las lámparas originales por esas LED no homologadas en origen puede dar también lugar a sanciones de 200 euros
Para ser legales, las lámparas LED deben haber sido homologadas con el conjunto del vehículo |
Por tanto, si el vehículo viene equipado de serie con faros LED no habrá problemas en la ITV por haber sustituido la lámpara en caso de que fuera necesario. Sin embargo, si originalmente dispone de faros convencionales no se deberán sustituir las bombillas convencionales por lámparas LED por razones legales. No es suficiente que la bombilla LED esté homologada, también tendrá que estarlo el faro y la instalación de esa bombilla en ese faro, así como la instalación de ese faro en el vehículo.
Desde el área técnica de CONEPA recuerdan que el problema es similar al que presentan los kits xenón que se comercializan para su montaje sobre faros convencionales, por lo que puede haber problemas al pasar por la ITV, ya que constituye un defecto grave. Igualmente, llevar este tipo de iluminación sin legalizar conlleva una sanción por la Policía o Guardia Civil de 200 euros.
Otras consideraciones técnicas
Desde CONEPA subrayan que los vehículos modernos equipados con red de comunicación Can-Bus o similar avisan al conductor cuando se funde una bombilla mediante la medición del consumo eléctrico de cada lámpara. Si se sustituye una lámpara original por otra con menor consumo el vehículo informará de un fallo en el sistema de alumbrado.
Para evitar este problema algunos fabricantes de lámparas colocan una resistencia en la propia bombilla para igualar el consumo de las lámparas originales, lo que conlleva la pérdida del ahorro energético.
A pesar de que la instalación de lámparas LED en los grupos ópticos de la parte trasera del vehículo es más discreta y pasa más inadvertida por producir menos deslumbramientos, también puede dar lugar a sanciones y problemas legales. Sin embargo, el montaje de lámparas LED en el interior del vehículo no supone ningún problema legal al no estar sujetas a esta normativa, indican desde CONEPA.
En todo caso, CONEPA recomienda informar bien a los clientes que soliciten este tipo de operaciones y advertirles que, si no se cumple la normativa, no sólo pueden tener problemas en el paso por la ITV, sino que podrán ser sancionados por la autoridad competente en materia de tráfico.
Desde CONEPA subrayan que los vehículos modernos equipados con red de comunicación Can-Bus o similar avisan al conductor cuando se funde una bombilla mediante la medición del consumo eléctrico de cada lámpara. Si se sustituye una lámpara original por otra con menor consumo el vehículo informará de un fallo en el sistema de alumbrado.
Para evitar este problema algunos fabricantes de lámparas colocan una resistencia en la propia bombilla para igualar el consumo de las lámparas originales, lo que conlleva la pérdida del ahorro energético.
A pesar de que la instalación de lámparas LED en los grupos ópticos de la parte trasera del vehículo es más discreta y pasa más inadvertida por producir menos deslumbramientos, también puede dar lugar a sanciones y problemas legales. Sin embargo, el montaje de lámparas LED en el interior del vehículo no supone ningún problema legal al no estar sujetas a esta normativa, indican desde CONEPA.
En todo caso, CONEPA recomienda informar bien a los clientes que soliciten este tipo de operaciones y advertirles que, si no se cumple la normativa, no sólo pueden tener problemas en el paso por la ITV, sino que podrán ser sancionados por la autoridad competente en materia de tráfico.