🔴 ¡Mostrémosle al Ayuntamiento cuáles son algunas de las consecuencias de una ordenanza disparatada y demagógica!
Actualizado el 27.10.2018 a las 13:40¿Serán así los radares que, disfrazados cual bombona de butano, use en Madrid el Ayuntamiento para sancionar a quienes no respeten el límite máximo de 30 por hora? |
Cualquier automovilista sabe que 30 kilómetros por hora es una velocidad que los automóviles de hoy en día alcanzan en cuanto se acaricia el pedal del acelerador y que si aún se podía seguir circulando por las calles de Madrid era por que la posibilidad de llegar a 50 kilómetros por hora, que es el límite máximo que hasta ayer imperaba en la mayor parte de las vías madrileñas, lo cual permitía compensar el tiempo perdido en los atascos y alcanzar una velocidad media algo superior a la de un peatón.
Otra de las normas que nos ha deparado la nueva ordenanza municipal es la de que sólo los menores de 12 años podrán ir con bici por aceras y zonas peatonales, pudiendo ir acompañados por una persona adulta a pie ─no entendemos por qué se dice pudiendo y no debiendo, ¿es que también pretende regular el Consistorio el derecho de los ciudadanos a ir acompañados?.
Por otro lado, ¿cómo van a comprobar los policías municipales ─¿también los vigilantes del Servicio de Estacionamiento Regulado (antigua ORA)?─ que esos ciclistas tienen menos de 12 años de edad?. ¿Les van a obligar a llevar una gran etiqueta amarilla pegada en la frente?. Por otra parte, ¿quién corre más un ciclista subido a su bicicleta o un agente a pié?.
También se regula la circulación de patines y patinetes sin motor, incluyendo monopatines, a los que se les va a permitir circular por las aceras y demás zonas peatonales a una velocidad que no exceda de los 5 kilómetros por hora y por aceras bici y sendas ciclables, a una velocidad que no supere los 10 kilómetros por hora, por pistas-bici y ciclocalles exclusivas para la circulación de bicicletas y por carriles bici protegidos o no (en este último caso solo mayores de 16 años o menores acompañados, con casco y elementos reflectantes).
¿Terminará el Ayuntamiento de Madrid por convertir en una gran plaza peatonal la archifamosa glorieta de Cibeles? |
Y que no se nos olvide lo de que se autoriza a los ciclistas el giro a la derecha con semáforo en rojo siempre que esté señalizada tal posibilidad. ¿No tiene nada que decir a este respecto el Ministerio del Interior a través de la Dirección General de Tráfico?. ¿No es el Reglamento General de Circulación una normativa de rango superior a una ordenanza municipal?.
Por todo lo expuesto, animamos a cuantos circulen por las calles de Madrid a que el próximo día 30 de octubre de 2018 a respetar a rajatabla el límite de 30 kilómetros por hora establecido desde ayer como velocidad máxima en calles con un solo carril por sentido o con un único carril, para que los responsables de la implantación de la nueva ordenanza se enteren se manera práctica de algunas de las consecuencias.
Basta de decir: ¡Sí bwana!.